domingo 24 de enero de 2010

Competencia Desleal y Publicidad


A comienzos de este año entró en vigor la Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.

Esta nueva Ley, que adapta la normativa española a las directivas de la Comunidad Europea en estas materias, persigue proteger a las personas consumidoras, modificando leyes anteriores como la Ley de Competencia Desleal, la Ley General de Publicidad, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley de Ordenación del Comercio Minorista y otras leyes complementarias.

Entre otros aspectos, la nueva Ley contempla las siguientes prácticas:

• Actos de engaño.
• Omisiones engañosas.
• Prácticas agresivas.
• Actos de comparación.
• Actos de imitación.
• Publicidad ilícita.
• Prácticas comerciales desleales con los consumidores.
• Practicas engañosas por confusión para los consumidores.
• Prácticas engañosas sobre códigos de conducta u otros distintivos de calidad.
• Prácticas señuelo y prácticas promocionales engañosas.
• Prácticas engañosas sobre la naturaleza y propiedades de los bienes o servicios, su disponibilidad y los servicios posventa.
• Prácticas de venta piramidal.
• Prácticas engañosas por confusión.
• Prácticas comerciales encubiertas.
• Otras prácticas engañosas.
• Prácticas agresivas por coacción.
• Prácticas agresivas por acoso.
• Prácticas agresivas en relación con los menores.
• Otras prácticas agresivas.
• Acciones derivadas de la competencia desleal
• Publicidad ilícita.
• Publicidad subliminal.
• Venta multinivel.
• Ventas con obsequio o prima.

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