
¿Quién puede acogerse al bono social?
Para beneficiarse del bono social será imprescindible tener la Tarifa de Último Recurso (TUR), ser persona física, solicitar el bono para la vivienda habitual y pertenecer a uno de los siguientes colectivos:
a) clientes domésticos con una potencia contratada inferior a 3 Kw.
b) pensionistas con prestaciones mínimas
c) familias numerosas
d) familias que en su totalidad se encuentren en situación de desempleo
El bono social tendrá una duración de dos años. Para poder seguir disfrutando del bono social será necesario volver a acreditar que se cumplen los requisitos. Así mismo, se deberá comunicar a la empresa cualquier dato que afecte al derecho al bono social.
¿Qué tengo que hacer para beneficiarme del bono social?
Quienes tengan derecho a beneficiarse del bono social, deben solicitarlo a su Comercializadora de Último Recurso mediante correo ordinario, fax o correo electrónico y acreditar el requisito que le da derecho al bono.
Las personas consumidoras que tengan un contrato doméstico con una potencia inferior a 3 Kw., no tienen que hacer nada puesto que su inclusión es automática.







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